El pasado 3 de marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio un nuevo revés a la banca española, en pronunciarse sobre la posible abusividad de las cláusulas IRPH, que son cláusulas que establecen la aplicación de un interés variable basándose con el índice de referencia de las cajas de ahorros, en lugar de tomar como referencia el Euribor, y que implica que sean menos ventajosas.
En este sentido, el TUE ha establecido que este supuesto queda englobado en la Directiva sobre cláusulas abusivas, y que por tanto, corresponderá a los Jueces nacionales decidir si la cláusula de IRPH es abusiva o no, atendiendo a cada caso concreto.
Con el fin de determinar su abusividad, los Jueces españoles deberán examinar si la cláusula fue redactada de una manera clara y comprensible, y concretamente y tal y como dice el TUE, aclarar si: "el consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, está en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del método de cálculo del referido tipo de interés y de valorar así, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas ".
Si finalmente, el Juzgador considerara que la cláusula IRPH es nula, el TUE plantea que los mismos jueces estén facultados para sustituirla por otro índice legal, para evitar resolver sobre la nulidad de todo el contrato, ya que esto supondría efectos perjudiciales para el consumidor.
Con todo, esta Sentencia abre la puerta a que todos los ciudadanos que tengan su hipoteca vinculada con el IRPH puedan acudir a la vía judicial, para que, si se dan los requisitos, el Juez dictamine su nulidad por tratarse de una cláusula abusiva, e incluso obligue a la entidad bancaria a devolver el dinero cobrado en exceso.
¿Cuál es el procedimiento a seguir si mi hipoteca tiene la cláusula IRPH?
Los afectados por esta cláusula, en primer lugar, deberían dirigirse a la entidad bancaria (preferentemente asesorados por un abogado especialista) para comprobar si esta está dispuesta a llegar a un acuerdo extrajudicial sin necesidad de acudir a los juzgados, o si por el contrario, hay que solicitar el auxilio judicial para hacer valer sus derechos; solicitando al juez que anule las cláusulas abusivas que estén sometidas a cada préstamo hipotecario y obligando a la vez al banco a restituir el importe cobrado de forma abusiva.
Además, es aconsejable realizar un análisis completo de todas las cláusulas existentes en el préstamo hipotecario de forma previa al inicio de cualquier reclamación, ya que una misma hipoteca puede estar afectada por la cláusula suelo, el IRPH, y por los gastos de formalización de la hipoteca; pudiendo así reclamar a la vez por la totalidad de cláusulas abusivas que puedan haber.