El nuevo procedimiento judicial de desahucio contra los ocupas
julio 2018
La modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación a la ocupación ilegal de viviendas ya ha sido publicada en el BOE, a través de la Ley 5/2018, de 11 de junio, y ha entrado en vigor el pasado 2 de julio de 2018.
En este sentido, ya se puede utilizar el nuevo procedimiento civil para desalojar ocupas de una forma más rápida y eficaz.
Dicho procedimiento se inicia mediante la interposición de una demanda, donde se podrá solicitar la inmediata recuperación de la posesión de una vivienda, siempre que haya sido ocupado sin el consentimiento de la Propiedad, y si el demandado formula oposición. únicamente podrá fundamentarse en la existencia de título para poseer el inmueble.
Por otra parte, si el demandante solicita la entrega inmediata de la posesión, en el decreto de admisión de la demanda se requerirá a los ocupantes para que aporten en el plazo de 5 días el título que justifique su empleo, y de no hacerlo, se ordenará la inmediata entrega de la posesión a la Propiedad.
Por otra parte, la sentencia permitirá su ejecución directo, sin esperar el plazo de 20 días legalmente establecido, siempre que y cuando la solicite el demandante.
Por lo tanto, la modificación legal expuesta hará que se puedan desalojar ocupaciones ilegales, de una forma más rápida; velando para que el demandante pueda recuperar la posesión de la vivienda ocupada en la mayor brevedad posible.